
¿Las empresas pueden pagar los sueldos con cheques?
julio 17, 2026Durante el mes de julio, las empresas del régimen laboral de la actividad privada deben pagar la gratificación por Fiestas Patrias, uno de los beneficios sociales más importantes para los trabajadores. Su monto dependerá de la remuneración del trabajador, el tiempo efectivamente laborado durante el semestre y el régimen laboral aplicable.

Además, los trabajadores afiliados a EsSalud tienen derecho a percibir una Bonificación Extraordinaria equivalente al 9 % de la gratificación, mientras que quienes se encuentran afiliados a una EPS reciben una bonificación del 6.75 %.
¿Quiénes tienen derecho a la gratificación?
Tienen derecho a la gratificación de julio los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada que hayan laborado durante el semestre comprendido entre enero y junio. Si el trabajador no completó el semestre, podrá recibir una gratificación proporcional, siempre que haya laborado por lo menos un mes calendario completo. Por el contrario, los trabajadores de microempresas inscritas en el REMYPE que fueron contratados bajo el régimen laboral especial no tienen derecho a este beneficio, mientras que los trabajadores de pequeñas empresas perciben la gratificación conforme a las reglas previstas para dicho régimen.
¿Cómo se calcula la gratificación?
Si el trabajador laboró todo el semestre, le corresponde una gratificación equivalente a una remuneración mensual computable. Cuando el tiempo de servicios es menor a seis meses, el cálculo se realiza dividiendo la remuneración computable entre seis y multiplicando el resultado por el número de meses calendario completos laborados.
Errores frecuentes
Al momento de calcular la gratificación, algunos empleadores suelen cometer errores como considerar meses incompletos, excluir conceptos que forman parte de la remuneración computable o aplicar incorrectamente la Bonificación Extraordinaria. Estas situaciones pueden generar diferencias en el pago e incluso contingencias durante una fiscalización laboral.
Recomendación
Antes de efectuar el pago, es recomendable verificar la fecha de ingreso del trabajador, identificar correctamente la remuneración computable y revisar el régimen laboral aplicable. Asimismo, el beneficio debe pagarse dentro del plazo previsto por la ley para evitar multas e intereses.
Conclusión
La gratificación de julio constituye un beneficio laboral que reconoce el tiempo de servicios prestado durante el primer semestre del año. Un cálculo correcto no solo garantiza el cumplimiento de las obligaciones laborales del empleador, sino que también evita contingencias frente a la SUNAFIL y asegura que el trabajador reciba el monto que legalmente le corresponde.



